Según la página web de brevamullorabogados.com, dicen lo siguiente sobre la custodia compartida y la patria potestad:
1. La separación, la nulidad y el divorcio no eximen a los padres de sus obligaciones para con los hijos.
2. El Juez, cuando deba adoptar cualquier medida sobre la custodia, el cuidado y la educación de los hijos menores, velará por el cumplimiento de su derecho a ser oídos.
Impulsar a la gente a que reclame todo tipo de incidencias con impreso, carta o de viva voz, a personas, organismos, instituciones, empresas, sociedades, etc., pues con ello ganaremos todos. Si quieren que publiquemos su reclamación, escríbanos a jmoscad@gmail.com
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lunes, 10 de junio de 2013
Custodia y Patria Potestad
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