La liberalización del mercado eléctrico nos ha complicado la vida. Además de exponernos a fuertes subidas en la factura de la luz, ha llegado la época de la publicidad intensiva: llamadas telefónicas, visitas puerta a puerta de comerciales, anuncios en la tele...
Todos dicen que podemos ahorrar mucho si contratamos sus servicios, pero ¿es verdad?
1. ¿Qué es una distribuidora de electricidad?
Es la compañía que se encarga de tender las redes eléctricas, instalar los contadores, darte de alta cuando llegas a una nueva casa...
Condiciones económicas: tipo de tarifa, si hay descuento ¿sobre qué base aplica y durante cuánto tiempo?
Tarifa fija o variable: si es variable ¿con qué criterio se revisa?
Duración del contrato: es habitual que sean anuales.
¿Con qué antelación tienes que solicitar la cancelación del contrato?
Penalizaciones: ¿cuánto pagas si terminas el contrato antes de la fecha pactada?
Y también de leer tu contador y reparar las averías en el suministro. Pero tú no les pagas dinero directamente.
2. ¿Y una comercializadora?
Esta es la que te pasa las facturas. Compra energía y te la vende a través de las redes de la distribuidora. Con ella tienes un contrato en el que se especifica cuánto pagas según tu consumo.
Es fácil confundirse: en la factura la comercializadora te cobra por algunos conceptos en nombre de la distribuidora (alquiler de equipos, el alta del servicio, derechos de enganche al cambiar la potencia contratada, instalación...).
3. ¿De quién depende la calidad del servicio?
- De la distribuidora: el suministro eléctrico (tener o no tener luz, esa es la cuestión) y todas sus posibles averías.
- De la comercializadora: la exactitud de las facturas, la atención al cliente, los servicios de mantenimiento....
4. En caso de avería, ¿a quién llamo?
- A la distribuidora, que es la responsable del suministro eléctrico.
- Solo si el problema está en la factura debes empezar la reclamación con la comercializadora (puede ser error suyo) y dirigirte después a la distribuidora (por si han leído mal el contador).
5. ¿Quién paga a la distribuidora?
La comercializadora les paga un importe fijado por el Ministerio y que forma parte de los peajes. Después te lo cobran a ti.6. ¿Qué es la tarifa regulada o PVC?
Es una tarifa que fija el Ministerio cada 3 meses y que sirve de "refugio" para quienes no quieren contratar ninguna de las tarifas que ofrecen las comercializadoras.
Antes se llamaba TUR (Tarifa de Último Recurso) y ahora PVC (Precio Voluntario al Consumidor).
Si estás en la PVC, estás en el mercado regulado. Si no, estás en el mercado libre.
Solo puedes contratar la PVC si tu potencia contratada no supera los 10 kW. La mayoría de los españoles la tiene contrada, síntoma incontestable de lo poco atractivas que son las ofertas del mercado libre.
7. ¿Qué es una Comercializadora de Último Recurso?
Por ley es obligatorio que los ciudadanos puedan contratar la PVC. El Ministerio ha designado a una serie de comercializadoras para facilitar esta tarifa regulada. Son las Comercializadoras de Último Recurso (CUR).
En realidad son parte de las grandes empresas eléctricas, que se vieron forzadas a crear una empresa diferente para ofrecer la PVC. Además son las únicas que pueden ofrecer el Bono Social.
Las Comercializadoras de Último Recurso son:
- Endesa Energía XXI, S.L.
- Iberdrola Comercialización de Último Recurso, S.A.U.
- Gas Natural S.U.R., SDG, S.A
- HC-Naturgas Comercializadora de Último Recurso, S.A.U.
- E.ON Comercializadora de Último Recurso, S.L.
Si no sabes si tienes contratada la PVC, rastrea en tu factura el nombre exacto de la compañía. Si es uno de los anteriores, tienes la PVC. Si es diferente (aunque sea muy parecido), estás en el mercado libre.
8. ¿Qué es el Bono Social?
Para proteger a los consumidores más indefensos de las subidas de la luz, el Ministerio creó un descuento.
Para disfrutarlo hay que tener contratada la PVC y debe tratarse de nuestra residencia habitual. Solo pueden solicitarlo algunas personas:
- Todos los clientes con menos de 3 kW contratados.
- Familias numerosas.
- Familias con todos sus miembros en paro.
- Pensionistas, jubilados mayores de 60 años y con pensiones mínimas.
Excepto los clientes con menos de 3 kW contratados, el resto debe dirigirse a su Comercializadora de Último Recurso para solicitar el Bono Social.
Hay que tener en cuenta que, con las tarifas de antes del 1 de julio de 2009, se incluía una fuerte penalización por superar un consumo de 500 kWh al mes. Por lo tanto, en periodos de altos consumos (por ejemplo: invierno), el ahorro del Bono Social puede desvanecerse y acabar pagando más de lo que se pagaría sin él.
9. ¿Qué son los peajes o tarifas de acceso?
Las fija el Ministerio cada 3 meses e incluyen todos los gastos asociados al uso de la red eléctrica. Algunos de estos gastos son comprensibles (pagar a la distribuidora por el transporte de la electricidad) y otros no tanto (compensar los sobrecostes extrapeninsulares de suministrar energía, la moratoria nuclear, las primas a las renovables...).
En tu factura pagas el coste de la energía más las tarifas de acceso (y también el margen de beneficio de la comercializadora).
- Si estás en la PVC, pagarás más si suben las tarifas de acceso.
- Si estás en el mercado libre, algunas comercializadoras incluyen en sus contratos cláusulas de revisión automática de precios: a veces si sube la PVC, la tarifa sube o baja en igual medida. Otras veces, compañías que te aseguran que su precio es "fijo" incluyen una revisión automática en función de las tarifas de acceso.
En los últimos años, las tarifas de acceso han sufrido fuertes subidas.
10. ¿Qué es mejor: PVC o mercado libre?
Depende de la tarifa que te ofrezcan en el mercado libre.
- Si tienes más de 10 kW contratados, no tienes derecho a PVC y ya no te queda elección.
- Si tienes derecho a la PVC, examina bien las ofertas de las comecializadoras antes de aceptarlas (posibles descuentos y su duración, cuánto dura el contrato y cuánto tendrás que pagar si lo rompes antes de término...). Si no dispones de esta información, no aceptes ofertas.
Los grandes descuentos suelen esconder una peligrosa letra pequeña. Un aspecto crucial es que todas las comercializadoras incluyen cláusulas automáticas de revisión de precios que cambiarán la cantidad que pagas. Estos son algunos de los métodos de revisión más usados:
- La tarifa se modifica con cada cambio de la PVC: es la opción más transparente para clientes con menos de 10 kW contratados.
- La tarifa cambia al modificarse las tarifas de acceso: para quien no tiene derecho a la PVC, para todos los clientes de Iberdrola y para algunas de las tarifas de Endesa.
- La tarifa se modifica según el IPC: puede ser una opción razonable, pero siempre que no se sume a otras cláusulas de revisión (ocurre en muchos contratos de Iberdrola).
10+1. ¿Y si quiero irme al mercado libre?
Tienes que revisar bien la propuesta, ya que la mayoría de ofertas no suponen ningún ahorro. Todas suelen partir de la tarifa oficial y te tientan con un porcentaje de descuento sobre esa tarifa. Pero ese descuento no afecta a otros conceptos de la factura.
Nunca contrates por teléfono ni a través de comerciales que llaman a tu puerta, a no ser que te faciliten una copia completa del contrato para leerlo con detenimiento sin que tengas que adelantar ningún dato personal.
Hasta que no estés decidido a firmar, no facilites ni tu número de cuenta bancaria ni el CUPS (el número que identifica tu suministro).
Una vez que tengas toda la información (contrato, condiciones económicas...), revísalo poniendo especial atención a:
Condiciones económicas: tipo de tarifa, si hay descuento ¿sobre qué base aplica y durante cuánto tiempo?
Tarifa fija o variable: si es variable ¿con qué criterio se revisa?
Duración del contrato: es habitual que sean anuales.
¿Con qué antelación tienes que solicitar la cancelación del contrato?
Penalizaciones: ¿cuánto pagas si terminas el contrato antes de la fecha pactada?
Pincha aquí para leer el Informe sobre la electricidad de la OCU.
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