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viernes, 12 de febrero de 2016

La Mediación en los Conflictos vecinales

Según post del 23-04-15, editado en el Blog del despacho de abogados y mediadores Digaley, "La Mediación en conflictos vecinales", de la abogada Sara López Vallés (fundadora de Digaley), se dice:

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El ámbito de las relaciones vecinales suele ser cuna de desavenencias de todo tipo: ruidos, humos, uso privado del espacio comunitario, desatención de espacios comunes o morosidad, son algunos ejemplos de situaciones problemáticas habituales de las comunidades de propietarios/as que, de no resolverse por sí mismos, por la comunidad, o con la intervención del administrador/a, suelen derivar en largos y costosos procesos judiciales. 

Teniendo en cuenta, no solo la situación de crisis económica actual, sino el malestar que generan este tipo de actitudes y comportamientos en la convivencia diaria, la búsqueda de alternativas que permitan gestionar de manera eficiente los conflictos vecinales es más que necesaria.


En este sentido, la mediación comunitaria se presenta ante nosotros/as como un método alternativo de resolución de conflictos que puedan llegar a surgir entre personas que conviven diariamente, y más concretamente, entre vecinos/as de una Comunidad de propietarios/as, donde un tercero imparcial conocido como mediador/a asistirá a las partes en conflicto, asistiéndolas en sus comunicaciones para que por sí mismas traten de encontrar soluciones mutuamente satisfactorias.

[…] La mediación comunitaria representa una alternativa altamente eficiente, no solo permite un ahorro de tiempo y dinero respecto de la vía judicial, sino que además contribuye a la eficacia de los acuerdos entre las partes y una mejora de sus relaciones en el futuro. […]

Y es que, la mediación comunitaria representa una alternativa altamente eficiente, pues no solo permite un ahorro de tiempo y de dinero respecto de la vía judicial, sino que además contribuye a la eficacia de los acuerdos que las partes alcancen durante su procedimiento, así como también a una mejora de sus relaciones en el futuro. Esto es debido, principalmente, a dos aspectos fundamentales que caracterizan su procedimiento:

En primer lugar, la mediación es voluntaria, es decir, las partes acuden y permanecen en ella voluntariamente, siendo dicho carácter voluntario algo que contribuye enormemente al efectivo cumplimiento de los acuerdos alcanzados por éstas durante la misma. En segundo lugar, la mediación es económica, puesto que no requiere contratar ni abogado, ni procurador, ni requiere un conocimiento específico. 


El mediador o mediadora, que puede tener formación académica en varias disciplinas, participa como facilitador de la comunicación entre las partes y, empleando determinadas herramientas tratará de gestionar el conflicto asistiendo a las partes en sus comunicaciones para que siempre por sí mismas traten de solucionar sus diferencias.

En la mediación y su aplicación en el ámbito de las relaciones vecinales, la intervención del administrador o administradora durante la sesión informativa resulta en muchos casos fundamental, puesto que complementa la función del mediador/a contribuyendo a un mejor entendimiento de los intereses y necesidades diarias de la comunidad de propietarios, de las partes, así como en afianzar la confianza en estos profesionales, y de ellos mismos, en que el uso de la mediación aporta un valor añadido a su cometido.


La efectividad de la mediación en el ámbito comunitario está más que probada: ocho (8) de cada diez (10) casos de mediación vecinal acaban en un acuerdo satisfactorio para ambas partes.

[…] la mediación se presenta como una alternativa eficaz y flexible que ofrece a las partes un espacio de diálogo a través del cual gestionar sus diferencias. […]

Sin embargo, en España, su aplicación sigue siendo todavía escasa en comparación con otros países como Estados Unidos, que con experiencias exitosas como las Community Boards de San Francisco, en los que se alcanzan acuerdos en un 90% de los casos[1].

Por tanto, ante una incipiente necesidad de evitar largos y costosos enfrentamientos ante los tribunales que debiliten las relaciones entre personas que integran una misma comunidad de propietarios/as, la mediación se presenta como una alternativa eficaz y flexible que ofrece a las partes un espacio de diálogo a través del cual gestionar sus diferencias y, de forma pacífica, tratar de encontrar soluciones que contribuyan a mejorar la convivencia diaria.

[1] Más información: http://communityboards.org/

Por Sara López Vallés, , abogada y fundadora de Digaley)


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Sara López Vallés. Abogada y mediadora. 695 723 448.


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