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sábado, 23 de enero de 2016

Tipología y Gestión de Conflictos Vecinales en Mediación

(Artículo de Sara López Vallés (Abogada y Mediadora de Digaley). Artículo escrito en "A mediar Granada" el 20-6-2014)

Actualmente, la aparición de conflictos como consecuencia de la convivencia entre personas es algo habitual. En el ámbito de las relaciones vecinales, la mediación representa una herramienta muy útil para abordar la gestión y resolución de conflictos entre personas que comparten una misma comunidad.


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En primer lugar, dos elementos fundamentales que habrá que tener en cuenta son, por un lado, las partes implicadas en el conflicto, y por otro, el origen del mismo. Con esto, el mediador sabrá que el conflicto surge entre dos o más personas del mismo vecindario y estará ante un conflicto vecinal ocomunitario; cuando el conflicto tenga su origen en las diferencias culturales entre las partes por pertenecer éstas a culturas divergentes, estará ante un conflicto multicultural, y si además dicho conflicto estuviera originado por la construcción de un templo religioso en el barrio, también estaría ante un conflicto religioso.

En segundo lugar, para determinar el tipo de conflicto será necesario examinar si el mismo es manifiesto o latente. 
Un conflicto manifiesto se da cuando las partes dan a conocer las causas que, según éstas, han generado el conflicto. 
Un conflicto es latente cuando obedece a causas no manifestadas, enquistadas, percepciones diferentes de las partes sobre determinadas situaciones. 

Asimismo, cabría determinar si el conflicto es real o irreal. 
Un conflicto real está basado en diferencias conocidas (por ejemplo, la pertenencia a culturas divergentes, con discrepancias que sean comprobables entre los intereses de las partes). 
Sin embargo, la existencia de malentendidos, percepciones equivocadas, o una comunicación errónea entre las partes son elementos propios de un conflicto irreal, basado en las suposiciones de las partes respecto a la existencia de problemas relacionados con situaciones que todavía no se han dado, están basadas en estereotipos, rumores, y vivencias pasadas.

Otro aspecto a determinar sería si estamos ante un conflicto público o privado. Por conflicto privado entenderíamos aquel en el que las partes tienen libre disposición para resolver de la manera que más les interese su situación, siempre conforme a Derecho. De esa manera, cuando el conflicto tenga por objeto una relación vecinal será calificado como un conflicto privado, y más concretamente, comunitario, puesto que es fruto de la convivencia entre los vecinos de un barrio, siéndole aplicables las normas de Derecho positivo.

Por otra parte, tal y como sucede con la tipología o forma del conflicto, las causas del mismo pueden aparecer de forma aislada combinadas. En causas combinadas, los denominados bienes en juego, suelen ser materiales (la propiedad, el poder sobre el vecindario, las decisiones que se adopten respecto al mismo, etc.). Aquí no se tienen en cuenta determinados aspectos inmateriales importantes (creencias religiosas, ideologías, la reputación personal y categoría social pública de las partes, etc).

Otras de las causas posibles del conflicto están relacionadas con el ámbito material y psicológico. Esto último hace referencia, por ejemplo, a la existencia de objeciones superfluas a las propuestas de cambio, o de campañas de rumores provocan resistencia y agresividad entre las partes. Sería el caso, por ejemplo, de un grupo de vecinos se sintieran inseguros ante la llegada al barrio de personas que pertenecen a culturas o grupos religiosos minoritarios. Abordar adecuadamente este tipo de situaciones requiere del mediador, que podrá valorar posibles riesgos y elaborar un programa de intervención por fases:

– 1ª Escalada: en esta fase, cada una de las partes intenta prevalecer sobre el otro y someterlos. Para identificar esta fase deberán aparecer como mínimo tres características:
(a) Proliferación de las cuestiones en juego: el problema inicial pasa a un segundo plano y surgen otras cuestiones relacionadas o no con el mismo. Poco a poco, se suman otro tipo de cuestiones relacionadas, por ejemplo, con la raza, las costumbres, los privilegios que tiene una parte frente a otra, las vivencias personales pasadas de ambas, etc.
(b) Criticar la conducta pasa a criticar a la persona: la existencia de estereotipos lleva a que un grupo alegue la maldad intrínseca e immutable del otro con descalificaciones.
(c) Pasar de tácticas suaves a tácticas duras: tácticas suaves serían aquellas relacionadas, por ejemplo, con el diálogo entre vecinos, y por tácticas duras entendemos, por ejemplo, insultos, agresiones, etc.
(d) Transformar de las motivaciones: esto se da cuando una parte transforma su actuación y quiere prevalecer sobre la otra por encima de todo, independientemente de que consiga su objetivo.
(e) Se incrementa el número de personas involucradas: se trata de la aparición de personas que se suman al conflicto, complican su gestión y buscan beneficiarse de la situación.

– 2ª Desescalada: una situación escalada es aquella difícil de gestionar y que, en muchos casos, tiende a empeorar y termina por desechar definitivamente toda posibilidad de encontrar una solución no adversarial al conflicto. En este sentido, algunas acciones que el mediador puede realizar para “desescalar” el conflicto son las siguiente:

(1) Diseñar el proceso: un trabajo previo que consiste en delimitar las etapas y como será el procedimiento
(a) Delimitar los participantes: elegir adecuadamente a los representantes de cada grupo, tomar notas sobre sus inquietudes, y dejar cerrado y acordado con las partes que están de acuerdo con que éstas personas sean quienes las representarán, aceptando que no se incrementará el número de participantes ni aparecerán “outsiders” (o personas externas) que puedan dar al traste con la labor realizada;
(b) Pactar unas normas: esto es, convenir unas normas de comunicación y de respeto, que sean aceptadas por todas las partes como una condición sin la cual no aceptaremos dirigir el proceso de mediación.

Por último, con posterioridad a haber diseñado el proceso, el mediador abordará otros aspectos más genéricos:
Aumentar las individualizaciones para poder superar la distorsión de los estereotipos: para superar la distorsión generada por los estereotipos y comentarios genéricos que hacen referencia a características que se atribuyen a un grupo de personas, conviene utilizar técnicas como el parafraseo, preguntas abiertas, y evitar en todo caso generalizaciones marcadas por estereotipos u opiniones irracionales formuladas como si fueran hechos incuestionables.
Trabajar sobre la escucha y la comunicación: esforzarnos por comprobar constantemente que las partes dicen realmente lo que quieren decir, y que ambas se están escuchando mutuamente.
Comenzar con un problema sencillo: empezar por aquellos temas en los que las partes consideran que existe menos controversia o distancia entre sus formas de ver la situación. Así, aunque no lleguen a alcanzar un acuerdo inmediato, el dialogo entre las partes contribuirá a que avancen e, incluso, adopten acuerdos sobre normas que faciliten la convivencia.
Mantener firmes los fines: las diferencias de opinión pueden dificultar, o incluso, impedir a las partes llegar a un acuerdo. Sin embargo, en mediación lo importante no es el resultado sino haber conectado con las partes y sus necesidades, y que haya fluido el diálogo y se el entendimiento mutuo. Por tanto, y a pesar de que las partes no lleguen a un acuerdo único, el hecho de haber hablado puede ayudar a cambiar su actitud y hacer que vean las cosas de diferente manera.
Buscar acuerdos que salven la cara: a veces, el agotamiento puede llevar a que las partes nunca solucionen sus diferencias, pero estén dispuestas a firmar una “rendición” que les permita una salida digna.

Mediación Comunitaria. Como se puede observar, la Mediación es un procedimiento ideal para los conflictos entre vecinos de una misma comunidad o del barrio en el que residan.

Por Sara López Vallés. Fundadora de Digaley. Abogada ejerciente, colegiada en el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (ICAV) y mediadora inscrita en el registro del Centro de Mediación del mismo colegio profesional (CMICAV). Aunque se considera una abogada multidisciplinar, está especializada en materias de Derecho Internacional, Derecho de Extranjería, Derecho de Familia, y Derecho Inmobiliario.


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